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Fortino de Olarte Castro
Identificarme con credencial vigente, de manera previa a la práctica de las diligencias.
Requerir la firma del acta de visita de verificación de las personas que hayan intervenido en la diligencia. En caso de que se nieguen a firmar asentarlo en el acta.
Requerir la presencia de la persona a quien va dirigida la orden de visita. De no encontrarse, hacerlo constar en el acta y atender la diligencia con el titular, propietario, poseedor, ocupante, dependiente y/o encargado del establecimiento.
Entregar al visitado original de la orden de visita de verificación o diligencia correspondiente.
Compartir al inicio de la visita de verificación al visitado sus derechos y obligaciones.
Requerir dos testigos del visitado, de negarse a asignarlos el verificador podrá hacerlo.
Desarrollo Urbano
Dependencia / Dirección:
Artículos 1, 14 párrafo segundo, 16 párrafo primero y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112, 113, 122 y 123 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 1.1 fracción IV y XI del Código Administrativo del Estado de México; 81 y 82 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. Capítulo V, Art. 55, 56 y 57 del Bando Municipal 2025 y demás relativos aplicables de la materia.