Policía de Ecatepec detiene a dos presuntos huachicoleros de agua

En la colonia Julia Marín construyeron una zanja para conectar una manguera a la red de agua potable.

Dos presuntos huachicoleros de agua fueron detenidos por elementos de la Dirección General de Seguridad Ciudadana y Tránsito Municipal de Ecatepec en la colonia Julia Marín, luego de que integrantes de la Unidad Territorial Comunitaria (UTC) 27 denunciaron que habían intervenido la red hidráulica para colocar una toma clandestina.

En la calle 8, de la colonia Julia Marín, vecinos detectaron que se había abierto una zanja hasta llegar al tubo de agua potable, que tiene un diámetro aproximado de 6 pulgadas, donde se conectó una manguera de color negro, de más de 3 metros de largo con una llave, que traspasaba la banqueta hasta llegar a un terreno particular.

Y el día de hoy, observaron a dos personas en el lugar, por lo que los integrantes de la UTC 27 dieron aviso al Gobierno Municipal y solicitaron la intervención de elementos de seguridad, arribando al lugar una unidad del cuadrante 16, cuyos elementos procedieron a dialogar con Alejandro “N”, dueño del terreno y Herminio “N”, encargado de la obra.

Personas que informaron que no contaban con el permiso que emite El H. Ayuntamiento de Ecatepec de Morelos para la toma de agua, por tal motivo, los uniformados les dieron a conocer que serían trasladados al Ministerio Público de San Cristóbal, quien realizará las investigaciones correspondientes para determinar su situación jurídica.

Hay que destacar que en el Bando Municipal 2025 que fue promulgado el pasado 5 de febrero, en el artículo 154 se establece que “Son infracciones contra el entorno urbano y ecológico del municipio de Ecatepec de Morelos: 

I. Ensuciar, estorbar o desviar las corrientes de agua de manantiales, tanques almacenadores, fuentes públicas, acueductos y tuberías de uso común…(y)

IV Causar daños a la infraestructura hidráulica, sanitaria y/o pluvial; no contar con la autorización para la conexión a la red de agua y drenaje y carecer de Dictamen de Factibilidad de Servicios y descargar aguas residuales a cielo abierto…”

Mientras que en la LXI Legislatura se aprobó por unanimidad tipificar y sancionar con penas de dos a seis años prisión a la persona que, sin autorización, concesión, licencia o permiso expedido por una autoridad competente, sustraiga y se apropie del agua potable de la infraestructura hidráulica, o restrinja su flujo destinado al suministro de las y los usuarios, así como hasta ocho años de cárcel en contra de quien la explote o comercialice.

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